Tipos de
Licencias
Soledad Mosquera
Introducción
   Con la llegada de la web 2.0, se ha incrementado
    el debate sobre el control de los derechos de
    autor, por un lado la visión del control total “Todos
    los derechos reservados” [en|es] y por el otro una
    anarquía que deja sin ninguna protección al
    autor. Creative commons propone un punto
    intermedio, en el cual se pueda reservar “ciertos
    derechos“, ajustados a gusto del autor, de forma
    tal que se posea libertad de decisión, pero sin
    dejar puntos de exposición por el que se
    aborden abusos de una determinada creación.
   Creative commons fue fundada en 2001, es un
    fundación sin fines de lucro, que pretende apoyar a
    los usuarios a ejercer sus derechos sobre la
    propiedad intelectual. El primer proyecto nace en
    2002, con la idea de liberar un conjunto de licencias
    para uso público. Se inspira en parte de la idea de
    La fundación para el Software Libre, con sus
    Licencias de uso Público General (GNU GPL).
   A diferencia de las licencias de software
    libre, Creative commons no está acotado
    únicamente a los desarrollos informáticos, sino que
    amplía su campo a ccualquier tipo de
    creaciones, musicales, teatrales, literarias,
    cinematográficas, fotográficas, es decir, arte en
    general.
   ¿Por qué usar licencias de Creative commons?
   Para elegir qué es lo que se desea compartir y lo que se desea
    reservar. A través de este tipo de licencias, se puede aprovechar al
    máximo los métodos de difusión masivos y reservar el control del
    empleo por parte de otros usuarios.
   Permite alentar a otros colegas a construir nuevos tema a partir del
    propio o a mejorar el mismo, proveerse del rédito que supone que
    otros hagan referencia al autor original.
   Permiten mantener diferentes opciones de la misma licencia:
   El formato que se usa es bastante general (más informal y menos
    legal).
   En cuanto al formato legal, este cuenta con terminología
    eminentemente técnica.
   El formato digital está diseñado para ser fácilmente tratado con
    métodos informáticos.
   Con estas licencias se está formando parte y colaborando con una
    nueva línea de pensamiento, referido a Copyright, arte e Internet.
   Licencias:
   Ofrecer un trabajo bajo una licencia de Creative Commons no significa entregar
    el Copyright [en|es], sino poner a disposición algo de esos derechos y solamente
    bajo ciertas condiciones.
   Las condiciones son la que elija cada uno y se detallan a continuación:
   Atribución: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar el
    trabajo patentado y todos los derivados del mismo. Pero dando siempre
    testimonio de la autoría del mismo.
   Ejemplo: Josué publica su fotografía con Licencia de Atribución, porque desea
    que el mundo emplee su fotografía, dejando constancia que es suya. Vero
    encuentra esta fotografía en Internet y desea incorporarla a la página de inicio
    de su web. Vero coloca esta fotografía y claramente indica que Josué es la
    propietaria.
   No Comercial: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar el
    trabajo patentado y todos los derivados del mismo, pero únicamente con
    propósitos no comerciales.
   Ejemplo: Vero publica su fotografía con licencia No comercial. Josué incorpora
    una parte de la fotografía de Vero en parte de un póster. Josué no estaría
    autorizado a vender ese póster sin la autorización de Vero.
   No derivación del trabajo: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y
    ejecutar solo copias literales del trabajo patentado, no estando autorizado ningún
    tercero a realizar trabajos derivados del mismo.
   Ejemplo: Josué graba su canción con una Licencia de No derivación del trabajo.
    Diego No podría tomar parte de esta obra para incorporarla a otra suya o realizar
    modificaciones sobre la misma, sin la autorización de Josué.
   Igualmente compartido: Esta licencia permite a otros realizar trabajos derivados
    pero únicamente bajo una licencia idéntica. Este tipo de licencia, únicamente
    aplica a obras derivadas.

Tipos de licencias creative commons

  • 1.
  • 2.
    Introducción  Con la llegada de la web 2.0, se ha incrementado el debate sobre el control de los derechos de autor, por un lado la visión del control total “Todos los derechos reservados” [en|es] y por el otro una anarquía que deja sin ninguna protección al autor. Creative commons propone un punto intermedio, en el cual se pueda reservar “ciertos derechos“, ajustados a gusto del autor, de forma tal que se posea libertad de decisión, pero sin dejar puntos de exposición por el que se aborden abusos de una determinada creación.
  • 3.
    Creative commons fue fundada en 2001, es un fundación sin fines de lucro, que pretende apoyar a los usuarios a ejercer sus derechos sobre la propiedad intelectual. El primer proyecto nace en 2002, con la idea de liberar un conjunto de licencias para uso público. Se inspira en parte de la idea de La fundación para el Software Libre, con sus Licencias de uso Público General (GNU GPL).  A diferencia de las licencias de software libre, Creative commons no está acotado únicamente a los desarrollos informáticos, sino que amplía su campo a ccualquier tipo de creaciones, musicales, teatrales, literarias, cinematográficas, fotográficas, es decir, arte en general.
  • 4.
    ¿Por qué usar licencias de Creative commons?  Para elegir qué es lo que se desea compartir y lo que se desea reservar. A través de este tipo de licencias, se puede aprovechar al máximo los métodos de difusión masivos y reservar el control del empleo por parte de otros usuarios.  Permite alentar a otros colegas a construir nuevos tema a partir del propio o a mejorar el mismo, proveerse del rédito que supone que otros hagan referencia al autor original.  Permiten mantener diferentes opciones de la misma licencia:  El formato que se usa es bastante general (más informal y menos legal).  En cuanto al formato legal, este cuenta con terminología eminentemente técnica.  El formato digital está diseñado para ser fácilmente tratado con métodos informáticos.  Con estas licencias se está formando parte y colaborando con una nueva línea de pensamiento, referido a Copyright, arte e Internet.
  • 5.
    Licencias:  Ofrecer un trabajo bajo una licencia de Creative Commons no significa entregar el Copyright [en|es], sino poner a disposición algo de esos derechos y solamente bajo ciertas condiciones.  Las condiciones son la que elija cada uno y se detallan a continuación:  Atribución: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar el trabajo patentado y todos los derivados del mismo. Pero dando siempre testimonio de la autoría del mismo.  Ejemplo: Josué publica su fotografía con Licencia de Atribución, porque desea que el mundo emplee su fotografía, dejando constancia que es suya. Vero encuentra esta fotografía en Internet y desea incorporarla a la página de inicio de su web. Vero coloca esta fotografía y claramente indica que Josué es la propietaria.  No Comercial: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar el trabajo patentado y todos los derivados del mismo, pero únicamente con propósitos no comerciales.  Ejemplo: Vero publica su fotografía con licencia No comercial. Josué incorpora una parte de la fotografía de Vero en parte de un póster. Josué no estaría autorizado a vender ese póster sin la autorización de Vero.  No derivación del trabajo: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar solo copias literales del trabajo patentado, no estando autorizado ningún tercero a realizar trabajos derivados del mismo.  Ejemplo: Josué graba su canción con una Licencia de No derivación del trabajo. Diego No podría tomar parte de esta obra para incorporarla a otra suya o realizar modificaciones sobre la misma, sin la autorización de Josué.  Igualmente compartido: Esta licencia permite a otros realizar trabajos derivados pero únicamente bajo una licencia idéntica. Este tipo de licencia, únicamente aplica a obras derivadas.