http://creativecommons.org/
Creative Commons es una corporación americana sin ánimo de lucro.
                              La institución afiliada a Creative Commons España es la Universidad de Barcelona (UB).

                              Historia
                              El proyecto CC España se inició en febrero del año 2003 cuando la Universidad de Barcelona decide buscar un sistema para
                              publicar material docente siguiendo el ejemplo del Massachusets Institute of Technology. Se decide optar por el sistema de
                              licencias de Creative Commons y se establece un acuerdo de trabajo por el cual la UB lideraría el proyecto de adaptación de las
                              licencias al Estado Español en castellano y catalán.
                              En febrero del año 2004 se abre una lista de discusión sobre las licencias donde participa mucha gente.
                              A partir del dia 1 de octubre de 2004 las licencias de Creative Commons adaptadas a la legislación sobre propiedad intelectual
                              del Estado Español están disponibles para todos en castellano y catalán.
                              Este proyecto ha sido posible gracias a mucha gente.




http://creativecommons.org/
Explicación de las licencias
Poner vuestras obras bajo una licencia Creative Commons no significa que no tengan copyright. Este tipo de licencias ofrecen algunos derechos a terceras
personas bajo ciertas condiciones.


¿Qué condiciones?
Hay un total de seis licencias Creative Commons para escoger:




              Reconocimiento (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia hará falta reconocer la autoría.




              No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.




              Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada.




              Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al
              ser divulgadas.




   http://creativecommons.org/
Con estas cuatro condiciones combinadas se pueden generar las seis licencias que se pueden escoger:




                                 Reconocimiento (by): Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la crea-
                                 ción de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.




                                 Reconocimiento - NoComercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso
                                 comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.




                                 Reconocimiento - NoComercial - CompartirIgual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original
                                 ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra origi-
                                 nal.




                                 Reconocimiento - NoComercial - SinObraDerivada (by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra origi-
                                 nal ni la generación de obras derivadas.




                                 Reconocimiento - CompartirIgual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas,
                                 la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.




                                 Reconocimiento - SinObraDerivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras
                                 derivadas.



   http://creativecommons.org/
Obtener la licencia
                              Cuando hayas hecho tu elección tendrás la licencia adecuada para tu trabajo expresada de tres formas:

                              Commons Deed: Es un resumen fácilmente comprensible del texto legal con los iconos relevantes.
                              Legal Code: El código legal completo en el que se basa la licencia que has escogido.
                              Digital Code: El código digital, que puede leer la máquina y que sirve para que los motores de búsqueda y otras aplicaciones
                              identifiquen tu trabajo y sus condiciones de uso.



                              Utilizar la licencia
                              Una vez escogida la licencia tienes que incluir el botón Creative Commons "Algunos derechos reservados" en tu sitio, cerca de
                              vuestra obra.
                              Este botón enlaza con el Commons Deed, de forma que todos puedan estar informados de les condiciones de la licencia.
                              Si encuentras que tu licencia ha sido violada, entonces tendrás las bases para poder defender tus derechos.




http://creativecommons.org/
Título de la obra que licenciamos.
                              Nombre que los usuarios deberan citar como reconocimiento
                              La URL que los usuarios deberán enlazar.
                              Una obra de la cual se genera otra.
                              Una URL donde los usuarios podrán encontrar información
                              sobre cómo conseguir autorizaciones no concedidas con la
                              licencia de CC.


http://creativecommons.org/
http://creativecommons.org/
Directorios
Creative Commons:
     http://es.creativecommons.org/
     http://wiki.creativecommons.org/Content_Directories

Fotografías “públicas” de USA:
     http://www.usa.gov/Topics/Graphics.shtml

Bancos de imágenes gratuitos (o casi):
     http://www.everystockphoto.com/index.php
     http://www.dreamstime.com/free-results.php?searchby=Restaurant&x=0&y=0&changecontentfiltered=0&searchtype=free
     http://www.morguefile.com/
     http://www.freefoto.com/index.jsp
     http://es.fotolia.com/




   http://creativecommons.org/

Creative commons

  • 1.
  • 2.
    Creative Commons esuna corporación americana sin ánimo de lucro. La institución afiliada a Creative Commons España es la Universidad de Barcelona (UB). Historia El proyecto CC España se inició en febrero del año 2003 cuando la Universidad de Barcelona decide buscar un sistema para publicar material docente siguiendo el ejemplo del Massachusets Institute of Technology. Se decide optar por el sistema de licencias de Creative Commons y se establece un acuerdo de trabajo por el cual la UB lideraría el proyecto de adaptación de las licencias al Estado Español en castellano y catalán. En febrero del año 2004 se abre una lista de discusión sobre las licencias donde participa mucha gente. A partir del dia 1 de octubre de 2004 las licencias de Creative Commons adaptadas a la legislación sobre propiedad intelectual del Estado Español están disponibles para todos en castellano y catalán. Este proyecto ha sido posible gracias a mucha gente. http://creativecommons.org/
  • 3.
    Explicación de laslicencias Poner vuestras obras bajo una licencia Creative Commons no significa que no tengan copyright. Este tipo de licencias ofrecen algunos derechos a terceras personas bajo ciertas condiciones. ¿Qué condiciones? Hay un total de seis licencias Creative Commons para escoger: Reconocimiento (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia hará falta reconocer la autoría. No Comercial (Non commercial): La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales. Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada. Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas. http://creativecommons.org/
  • 4.
    Con estas cuatrocondiciones combinadas se pueden generar las seis licencias que se pueden escoger: Reconocimiento (by): Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la crea- ción de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción. Reconocimiento - NoComercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales. Reconocimiento - NoComercial - CompartirIgual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra origi- nal. Reconocimiento - NoComercial - SinObraDerivada (by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra origi- nal ni la generación de obras derivadas. Reconocimiento - CompartirIgual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original. Reconocimiento - SinObraDerivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas. http://creativecommons.org/
  • 5.
    Obtener la licencia Cuando hayas hecho tu elección tendrás la licencia adecuada para tu trabajo expresada de tres formas: Commons Deed: Es un resumen fácilmente comprensible del texto legal con los iconos relevantes. Legal Code: El código legal completo en el que se basa la licencia que has escogido. Digital Code: El código digital, que puede leer la máquina y que sirve para que los motores de búsqueda y otras aplicaciones identifiquen tu trabajo y sus condiciones de uso. Utilizar la licencia Una vez escogida la licencia tienes que incluir el botón Creative Commons "Algunos derechos reservados" en tu sitio, cerca de vuestra obra. Este botón enlaza con el Commons Deed, de forma que todos puedan estar informados de les condiciones de la licencia. Si encuentras que tu licencia ha sido violada, entonces tendrás las bases para poder defender tus derechos. http://creativecommons.org/
  • 6.
    Título de laobra que licenciamos. Nombre que los usuarios deberan citar como reconocimiento La URL que los usuarios deberán enlazar. Una obra de la cual se genera otra. Una URL donde los usuarios podrán encontrar información sobre cómo conseguir autorizaciones no concedidas con la licencia de CC. http://creativecommons.org/
  • 7.
  • 8.
    Directorios Creative Commons: http://es.creativecommons.org/ http://wiki.creativecommons.org/Content_Directories Fotografías “públicas” de USA: http://www.usa.gov/Topics/Graphics.shtml Bancos de imágenes gratuitos (o casi): http://www.everystockphoto.com/index.php http://www.dreamstime.com/free-results.php?searchby=Restaurant&x=0&y=0&changecontentfiltered=0&searchtype=free http://www.morguefile.com/ http://www.freefoto.com/index.jsp http://es.fotolia.com/ http://creativecommons.org/