Licencias
Creative
Commons
ACERCA DE COMMONS
   Las licencias Creative Commons son varias
    licencias de copyright: o sea los derechos de
    autor. publicadas el 16 de diciembre de 2002
    por Creative Commons, una corporación sin fines
    de lucro de los Estados Unidos fundada en 2001.
   Las licencias Creative Commons están al
    momento disponibles en 43 jurisdicciones
    diferentes de todo el mundo, junto con otras 19
    más en desarrollo.
    Las licencias para jurisdicciones fuera de los
    Estados Unidos están bajo la competencia
    de Creative Commons International.
TIPOS DE LICENCIAS DE
    CREATIVE COMMONS y hacer obras
 Atribución: El beneficiario de la licencia tiene el derecho de
  copiar, distribuir, exhibir y representar la obra
    derivadas siempre y cuando reconozca y cite la obra de la
    forma especificada por el autor o el licenciante.
   No Comercial: El beneficiario de la licencia tiene el derecho de
    copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer obras
    derivadas para fines no comerciales.
   Sin derivar: El beneficiario de la licencia solamente tiene el
    derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar copias
    literales de la obra y no tiene el derecho de producir obras
    derivadas.
   Compartir igual: El beneficiario de la licencia tiene el derecho
    de distribuir obras derivadas bajo una licencia idéntica a la
    licencia que regula la obra original.
LICENCIAS creado por usted puede ser
 Atribución:
        El material
  distribuido, copiado y exhibido por terceros si se
  muestra en los créditos.
 Atribución – Sin Derivar: El material creado por
  usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por
  terceros si se muestra en los créditos. No se pueden
  realizar obras derivadas.
 Atribución – Sin Derivar – No comercial: El material
  creado por usted puede ser distribuido, copiado y
  exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
  No se puede obtener ningún beneficio comercial.
  No se pueden realizar obras derivadas.
   Atribución – No comercial: El material creado por usted
    puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si
    se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún
    beneficio comercial.
   Atribución – No comercial – Compartir igual: El material
    creado por usted puede ser distribuido, copiado y
    exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se
    puede obtener ningún beneficio comercial y las obras
    derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de
    licencia que el trabajo original.
   Atribución – Compartir igual: El material creado por
    usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por
    terceros si se muestra en los créditos. Las obras
    derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de
    licencia que el trabajo original.
DOMINIO PÚBLICO
 Existen
     dos licencias Creative Commons para el
 dominio público, es decir, para que los trabajos
 puedan ser redistribuidos y manipulados de
 manera completamente libre y sin restricciones, ya
 sea comercial o no comercialmente.
 Dedicación   a Dominio Público
  (CC0):El autor de esta obra ha renunciado a sus
  derechos de autor a la misma, pasando a formar
  parte del dominio público, de modo que el
  beneficiario puede usar la obra libremente para
  cualquier fin sin necesidad de solicitar permiso al
  autor de tal obra.
 Etiqueta de Dominio Público: Más que una licencia
  se trata de una etiqueta, la cual resalta que el
  trabajo ya se encuentra bajo el dominio público y
  que el beneficiario puede usar la obra libremente
  para cualquier fin sin necesidad de solicitar permiso
  al autor de tal obra.

Licencias creative commons andres

  • 1.
  • 2.
    ACERCA DE COMMONS  Las licencias Creative Commons son varias licencias de copyright: o sea los derechos de autor. publicadas el 16 de diciembre de 2002 por Creative Commons, una corporación sin fines de lucro de los Estados Unidos fundada en 2001.  Las licencias Creative Commons están al momento disponibles en 43 jurisdicciones diferentes de todo el mundo, junto con otras 19 más en desarrollo.  Las licencias para jurisdicciones fuera de los Estados Unidos están bajo la competencia de Creative Commons International.
  • 3.
    TIPOS DE LICENCIASDE CREATIVE COMMONS y hacer obras  Atribución: El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la obra derivadas siempre y cuando reconozca y cite la obra de la forma especificada por el autor o el licenciante.  No Comercial: El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer obras derivadas para fines no comerciales.  Sin derivar: El beneficiario de la licencia solamente tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar copias literales de la obra y no tiene el derecho de producir obras derivadas.  Compartir igual: El beneficiario de la licencia tiene el derecho de distribuir obras derivadas bajo una licencia idéntica a la licencia que regula la obra original.
  • 4.
    LICENCIAS creado porusted puede ser  Atribución: El material distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.  Atribución – Sin Derivar: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se pueden realizar obras derivadas.  Atribución – Sin Derivar – No comercial: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. No se pueden realizar obras derivadas.
  • 5.
    Atribución – No comercial: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial.  Atribución – No comercial – Compartir igual: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.  Atribución – Compartir igual: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
  • 6.
    DOMINIO PÚBLICO  Existen dos licencias Creative Commons para el dominio público, es decir, para que los trabajos puedan ser redistribuidos y manipulados de manera completamente libre y sin restricciones, ya sea comercial o no comercialmente.
  • 7.
     Dedicación a Dominio Público (CC0):El autor de esta obra ha renunciado a sus derechos de autor a la misma, pasando a formar parte del dominio público, de modo que el beneficiario puede usar la obra libremente para cualquier fin sin necesidad de solicitar permiso al autor de tal obra.  Etiqueta de Dominio Público: Más que una licencia se trata de una etiqueta, la cual resalta que el trabajo ya se encuentra bajo el dominio público y que el beneficiario puede usar la obra libremente para cualquier fin sin necesidad de solicitar permiso al autor de tal obra.