CREATIVE
COMMONS
• Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada
(by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra
original ni la generación de obras derivadas.
• Reconocimiento-CompartirIgual (by-sa): Se
permite el uso comercial de la obra y de las posibles
obras derivadas, la distribución de las cuales debe
hacerse mediante una licencia igual que la sujeta a la
obra original.
• Reconocimiento-SinObraDerivada (by-nd): Se
permite el uso comercial de la obra pero no la
generación de obras derivadas.
Desde la página web de Creative Commons se puede acceder a otros tipos de
licencias:
• Public Domain: es una cesión al Dominio Público, basada en la jurisdicción de
EEUU como se indica al principio. Con esta licencia es posible renunciar a los
derechos sobre una obra y que esta pase al Dominio Público antes de que se acabe la
protección.

• Sampling: De hecho se trata de tres licencias diferentes pensadas para todos
aquellos materiales susceptibles de ser mezclados o sampleados, música, vídeo,
imagen, etc.

• Founder’s Copyright: basada en la primera licencia sobre copyright de los
EEUU, de 1790, en la cual la extensión de los derechos sobre una obra era de
14 años prorrogable a otros 14.

• Share Music: es la equivalente a Reconocimiento, NoComercial, Sin Obras
Derivadas

El objetivo final del proyecto es facilitar a los autores una herramienta para poder
decidir en que condiciones quieren difundir sus creaciones.
APLICACIONES PRÁCTICAS DE LAS
                                            LICENCIAS CC
Las licencias se pueden aplicar a todo tipo de contenidos e incluso
a contenidos no digitales cuyo autor no quiera reservarse todos los
derechos. En este caso debe indicarse claramente el tipo de licencia
utilizado e indicar donde se puede obtener el texto completo. Hay
autores que reproducen dicho texto o incluyen una copia del
resumen donde se especifican las condiciones que se aplican en la
reproducción, distribución, comunicación y transformación.
Lo importante y necesario para poder utilizarla es ser el titular de
los derechos para poder decidir como autorizarlos. Si se es el autor
pero los derechos han sido cedidos con exclusividad no se podrá
utilizar una licencia porque el titular ya no será el propio autor.

Creative commons

  • 1.
  • 5.
    • Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada (by-nc-nd): Nose permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas. • Reconocimiento-CompartirIgual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales debe hacerse mediante una licencia igual que la sujeta a la obra original. • Reconocimiento-SinObraDerivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.
  • 6.
    Desde la páginaweb de Creative Commons se puede acceder a otros tipos de licencias: • Public Domain: es una cesión al Dominio Público, basada en la jurisdicción de EEUU como se indica al principio. Con esta licencia es posible renunciar a los derechos sobre una obra y que esta pase al Dominio Público antes de que se acabe la protección. • Sampling: De hecho se trata de tres licencias diferentes pensadas para todos aquellos materiales susceptibles de ser mezclados o sampleados, música, vídeo, imagen, etc. • Founder’s Copyright: basada en la primera licencia sobre copyright de los EEUU, de 1790, en la cual la extensión de los derechos sobre una obra era de 14 años prorrogable a otros 14. • Share Music: es la equivalente a Reconocimiento, NoComercial, Sin Obras Derivadas El objetivo final del proyecto es facilitar a los autores una herramienta para poder decidir en que condiciones quieren difundir sus creaciones.
  • 7.
    APLICACIONES PRÁCTICAS DELAS LICENCIAS CC Las licencias se pueden aplicar a todo tipo de contenidos e incluso a contenidos no digitales cuyo autor no quiera reservarse todos los derechos. En este caso debe indicarse claramente el tipo de licencia utilizado e indicar donde se puede obtener el texto completo. Hay autores que reproducen dicho texto o incluyen una copia del resumen donde se especifican las condiciones que se aplican en la reproducción, distribución, comunicación y transformación. Lo importante y necesario para poder utilizarla es ser el titular de los derechos para poder decidir como autorizarlos. Si se es el autor pero los derechos han sido cedidos con exclusividad no se podrá utilizar una licencia porque el titular ya no será el propio autor.